IVA diferido a la importación
Estimado clientes:
Como ustedes saben, la normativa de IVA permite que las empresas importadoras incluyan la cuota de IVA a la importación en su declaración-liquidación de IVA, si lo solicitan expresamente.
Para ello, el importador deberá:
• actuar como empresario o profesional
• tener un período de liquidación mensual,
• solicitar la aplicación del IVA diferido en los plazos establecidos.
Desde el día 1 hasta el 30 de noviembre de 2021, los sujetos pasivos que reúnan estos requisitos y quieran optar por la inclusión de la cuota liquidada por las Aduanas en concepto de IVA en su declaración-liquidación de IVA deberán solicitarlo a través de la presentación del modelo, declaración censal 036.
Las empresas que opten por este sistema consignarán las cantidades liquidadas por la Aduana en la declaración- liquidación de IVA (modelo 303/ 322) del periodo en que se le notifica la deuda. Por lo tanto, con el sistema de diferimiento del ingreso de IVA el operador es quien declara y se deduce el IVA de importación en su propia declaración.
Para cualquier aclaración no duden en contactar con nuestro Departamento de Consulting/Aduanas a través del correo electrónico consulting@altaircl.com o mediante el teléfono 913501415
Atentamente,
El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.
OEA: Altair ya es un Operador Económico Autorizado
En nuestro 25 aniversario nos alegra poder comunicarles que Altair Consultores Logísticos S.L. ha obtenido recientemente la certificación como Operador Económico Autorizado (O.E.A.) en la modalidad de simplificación aduanera y protección y seguridad otorgada por la AEAT.
¿Qué implica ser un Operador Económico Autorizado?
Que Altair es un operador económico de confianza y seguro a nivel internacional, cuya acreditación y certificación es otorgada por la AEAT tras un proceso de auditoría de su organización, procesos, administración y estados financieros, y el cumplimiento de una serie de estándares de seguridad.
La obtención de esta acreditación significa poder ofrecer un servicio de alta calidad que se traducirá en innumerables ventajas para nuestros clientes, vinculadas especialmente a la optimización de procesos administrativos y ahorro de costes (reducción en los controles físicos y documentales, prioridad en dichos controles, facilidades para acceder a procedimientos aduaneros simplificados, mejora en la trazabilidad de las operaciones…).
Para Altair esta certificación implica el reconocimiento como socio de confianza de la AEAT y garantiza el más alto nivel de seguridad a lo largo de toda la cadena de suministro, además de generar transparencia y confianza en sus procesos contables, administrativos y financieros.
Es un placer para todo nuestro equipo poder ofrecer a sus clientes y proveedores una garantía adicional en todos los eslabones de la cadena logística y, de esta forma, consolidar nuestra oferta de servicios a nivel nacional e internacional.
Atentamente,
El megabuque Ever Given colapsa el Canal de Suez
El buque portacontenedores MV Ever Given, uno de los mayores buques de carga del mundo, se encuentra encallado y atravesado, colapsando el tránsito del Canal de Suez desde el martes 23 a las 05:40 GMT. El carguero se encuentra encallado en una zona de vía única, a unos 6 kilómetros al norte del acceso sur del canal.
Según informa 20minutos.es, la naviera Evergreen Marine Corp, propietaria del carguero, ha anunciado que el causante de la situación han sido los fuertes vientos a los que ha sido expuesto el carguero a su entrada del Canal, lo que ha ocasionado el encallamiento, aunque afortunadamente, no ha perdido ninguno de los contenedores que transporta en su ruta entre Asia y Europa.
Esta información la contrasta theguardian.com, exponiendo que los meteorólogos egipcios anunciaron que fuertes vientos y una tormenta de arena azotaron el área el martes, con ráfagas de hasta 50 km/h.
Así mismo, no se ha producido ni daños entre la tripulación, ni se ha producido contaminación en el Canal. Aun así, la proa del buque ha chocado con el muro occidental del Canal.
Look at the size of the ship blocking the #SuezCanal if you zoom into the bow of the ship you can see a digger for size reference pic.twitter.com/428ha5ejav
— Brendan Cruise (@brendancruise) March 23, 2021
MV Ever Given, un megabuque de 400 metros de eslora
El supercarguero MV Ever Given pesa 220.000 toneladas y tienen 400 metros de largo, el equivalente a unos 4 campos de fútbol. Además tiene una capacidad máxima teórica de carga de 20.388 TEU.
Fue botado el 9 de mayo de 2018, y desde entonces había navegado sin percances, salvo el del 9 de febrero de 2019, día en el cual destrozó un ferry a causa de los fuertes vientos cerca del puerto de Hamburgo.
Situación actual del canal
Actualmente las autoridades egipcias han mandado 8 remolcadores, que están trabajando para tratar de desbloquear el canal, encauzando el megabuque en la dirección correcta y volver a activar el tráfico de un Canal que suelen atravesar diariamente 50 barcos.
Según informa la agencia Bloomberg, más de cien navíos estarían esperando ya la solución del incidente.
Pulse sobre la imagen para ver su estado en tiempo real.
Atentamente,
El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.
Modificación IGIC 2021
Estimados clientes:
En el Boletín Oficial de Canarias del pasado 31 de diciembre se publicó la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021.
A continuación, reseñamos las novedades legislativas más significativas en el ámbito de la tributación a los efectos de introducción e importación de mercancías.
Con efectos desde el 1 de enero de 2021 se aprueban las siguientes modificaciones:
- Se aprueba el tipo cero para las entregas e importaciones de patinetes y patinetes eléctricos – partida arancelaria 8711.
- Se aprueba la aplicación del tipo cero a las entregas e importaciones de bienes destinados exclusivamente al funcionamiento de subsistemas del Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE).
- Se excluye de la aplicación del tipo cero de IGIC a las entregas e importaciones de conservas de pescado, que pasarán a tributar al tipo reducido del 3 por ciento – partida arancelaria 1604
- Se aclara que se aplicará el tipo reducido del 3 por ciento a la entrega e importación de muebles de metal incluidos en las partidas arancelarias 9401 y 9403 (incluidas estanterías metálicas).
En cuanto a la aplicación del tipo reducido del 3 por ciento en la adquisición o importación de vehículos adaptados al transporte de personas con discapacidad en silla de ruedas o movilidad reducida, se aclara que el requisito de que hayan transcurrido al menos cuatro años desde la adquisición o importación de otro vehículo no será aplicable a las personas jurídicas o entidades que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia, así como servicios sociales, siempre que los nuevos vehículos se destinen al transporte habitual de distintos grupos de personas o se utilicen en distintos ámbitos territoriales de los de la adquisición o importación previa.
Se define qué se entiende a estos efectos por personas con movilidad reducida (personas ciegas o con deficiencia visual y, en todo caso, las afiliadas a la ONCE y así lo certifiquen, así como personas que acrediten la movilidad reducida con certificado del IMSERSO u órgano equivalente de la comunidad autónoma).
Para cualquier aclaración no duden en contactar con nuestros Departamentos a través del correo electrónico altaircl.lpa@altaircl.com o altaircl.tfn@altaircl.com
Atentamente, El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.
Are you ready for the Brexit? Altair is ready
Estimados clientes:
Como Vds. saben, desde el pasado 1 de enero de 2021, todas las importaciones y exportaciones entre la Unión Europea y el Reino Unido están sujetas a formalidades aduaneras.
El acuerdo que articula las relaciones comerciales entre ambos territorios es el Acuerdo de Comercio y Cooperación firmado el pasado 30 de diciembre que, entre otras disposiciones, establece aranceles y cuotas 0% para todas las mercancías entre la UE y el Reino Unido siempre y cuando se cumplan las reglas de origen.
Por lo tanto, si exportan mercancías con origen comunitario al Reino Unido podrán emitir la comunicación sobre el origen en la factura o en cualquier otro documento comercial que describa el producto originario con suficiente detalle para su identificación. De conformidad con la legislación comunitaria, para poder emitir dicha comunicación, los exportadores de la UE deben estar registrados en el sistema REX de la UE.
Por el contrario, no es necesario estar registrado en este sistema para la emisión de comunicaciones sobre el origen cuando los envíos no superen los 6.000 €.
Certificación de origen en factura para exportación al Reino Unido de mercancías originarias UE:
- Valor inferior a 6.000 €: Preferiblemente, la factura deberá incorporar la siguiente mención:
-
- Versión inglesa:
‘The exporter of the products covered by this document declares that except wher otherwise cearly indicated, these products are of EU preferential origin’.
O a su elección:
-
- Versión española:
‘El exportador de los productos incluidos en el presente documento declara que, excepto donde se indique claramente lo contrario, estos productos son de origen preferencial UE’.
- Valor superior a 6.000 €:
Por el contrario, si la empresa no está inscrita en el registro REX («sistema REX de registro de exportadores para certificación del origen de los productos») deberá realizar una solicitud de inscripción ante la AEAT. Se trata de una gestión rápida y sencilla para la que, previamente, recomendamos tener preparada la siguiente información: descripción de la actividad industrial y descripción de las mercancías de exportación con sus partidas arancelarias.
Facilitamos link para que puedan llevar a cabo dicho trámite pudiendo contar con nuestra ayuda si así lo desean:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DC47.shtm1
Una vez se dispone de dicho registro, la factura de exportación deberá incorporar la siguiente mención:
- Versión inglesa:
‘The exporter of the products covered by this document (Exporter Reference No … ) declares that except where otherwise clearly indicated, these products are of the EU preferential origin’.
O a su elección:
- Versión española:
‘El exportador de los productos incluidos en el presente documento [número de referencia del exportador: … J declara que, excepto donde se indique claramente lo contrario, estos productos son de origen preferencial UE’.
Exportación de mercancías no comunitarias:
Deberá indicarse en la factura sin indicación de formato concreto.
Para cualquier aclaración y/o ampliación sobre este tema o sobre sus envíos hacia o desde el Reino Unido pueden contactar con nuestro Departamento de Consulting:
Email: consulting@altaircl.com
Teléfono:+ 34 913 501 415
Atentamente,
Plan de Contingencia COVID 19
Desde Altair Consultores Logísticos, S.L. queremos indicarles que nuestro nivel de servicio logístico y asesoría no va a verse afectado. Tanto nuestras oficinas de la Península, como las de Canarias e Internacional, tienen funcionalidad plena. Hemos establecido un Plan de Contingencias para poder ejecutar todas nuestras operaciones en caso necesario por teletrabajo, estando adaptados para ello con las tecnologías necesarias. La rotación del personal ya ha sido activada. Para ello y, en caso de necesidad, todos podremos trabajar en este formato con plenas garantías (en la firma de nuestros correos podrán encontrar el teléfono móvil de contacto para una mejor comunicación).
Por último, añadir que, en caso de ser necesario, todos los servicios pueden ser prestados, indistintamente, desde cualquiera de nuestras oficinas, por lo que no se verían afectados en ningún caso, si se produjeran ceses de actividad local.
Es un compromiso de todos afrontar este momento tan delicado en la seguridad de que saldremos reforzados.
Gracias por su apoyo.
Atentamente,
El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.
Altair opera 3 chárter con mas de 500 m3 de material sanitario
Desde el comienzo de la crisis del Covid-19 Altair Consultores Logisticos ha fletado vuelos chárter, transportando más de 500m3 de material sanitario. Con la organización de estos vuelos chárter, apoyamos a nuestros clientes en el suministro de productos médicos importantes.
Al mismo tiempo, existe una sensación de motivación y satisfacción de estar haciendo algo relevante y útil para nuestra sociedad, mientras que establecemos cada vez más la marca Altair en el sector.
https://www.diariodelpuerto.com/altair-opera-3-charter-con-mas-de-500-m3-de-material-sanitario
Gracias por vuestro apoyo
Atentamente,
El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.
Vigilancia (DOVI) en las importaciones de productos siderúrgico
Estimados clientes,
Ponemos en su conocimiento que, desde el pasado día 16 de mayo de 2020, el despacho a libre práctica de productos siderúrgicos ya no requerirá la presentación del Documento de Vigilancia (DOVI).
A partir de ahora, las autoridades aduaneras de los Estados miembros serán las encargadas de transmitir a la Comisión los datos reales relativos a las importaciones realizadas desapareciendo, por lo tanto, el régimen de vigilancia previa.
Para cualquier aclaración no duden en contactar con nuestra compañera Eva Aldea (ealdea@altaircl.com).
Atentamente,
El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.
Aprobada la renovación del AIEM hasta 2027 con el consenso de los productores agrarios e industriales canarios
El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy la propuesta de renovación del Arbitrio sobre las Importaciones y Entrega de Mercancías en Canarias (AIEM), un tributo estatal de aplicación exclusiva en el Archipiélago que pretende proteger la producción local frente a la foránea.
El procedimiento se justifica ante la necesidad de obtener la autorización del Consejo Europeo para prolongar la vigencia del AIEM antes del 31 de diciembre de este año, previa comunicación al Gobierno de España y la consiguiente negociación con la Comisión Europea. El nuevo plazo abarcará el septenio 2021-2027.
La propuesta cuenta con el respaldo de las principales organizaciones de productores agrarios, ganaderos e industriales de Canarias, con quienes el Gobierno de Canarias ha venido negociando en los últimos meses junto a otras entidades sectoriales.
Fruto de ese proceso participativo y de las reuniones interdepartamentales del propio Ejecutivo canario, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos ha elaborado una propuesta que incluye 156 productos, 22 más que en la actualidad. De ese listado, 42 productos son nuevos, mientras que decaen 20 de la nómina vigente.
De manera desagregada, el nuevo AIEM gravará la importación 67 productos de alimentación y bebidas; 13 relacionados con la agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; 4, de minas y canteras; 13, de materiales de construcción; 34, de química; 12, de industrias metálicas; 1 de tabaco; 3, de textil, cuero y calzado; 6, de transformados de papel, y 3 de artes gráficas.
La propuesta mantiene inalterados los tres tramos impositivos actuales (5, 10 y 15 por ciento), que en última instancia son los instrumentos que permiten la protección del sector primario y la industria locales frente a las importaciones de terceros.
Más necesario aún en tiempos de la COVID
En este sentido, el Ejecutivo considera “indiscutible” la necesidad de un tributo de estas características, concebido para compensar las desventajas estructurales del Archipiélago con el continente y que ha autorizado la propia Unión Europea.
Más aún, dadas las actuales circunstancias y la inminencia de una crisis extremadamente profunda, en la que Canarias precisará de todos los instrumentos a su alcance para dinamizar su economía e ir reduciendo su dependencia del exterior.
La crisis asociada a la pandemia ha puesto claramente de manifiesto la importancia fundamental de mantener y potenciar el sector primario y el sector industrial en Canarias, como garantía de un cierto grado de soberanía alimentaria y capacidad de autoabastecimiento.
La producción local de tipo industrial, agroganadera y de alimentación necesita protección a través del AIEM para poder competir en mejores condiciones con los productos competidores importados a muy bajo coste, una imposición que no influye en el precio de la cesta de la compra en las Islas.
Precisamente, el estudio de impacto económico elaborado por la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo e incluido en la propuesta aprobada hoy concluye que el IPC canario ha sido siempre inferior a la media estatal desde que se notificó por primera vez a la UE el AIEM, en el año 2002.
Y si bien el objeto del arbitrio es encarecer el precio del producto importado que compite con el local, los factores que determinan el incremento de los precios son varios, y siempre el más importante es la competencia en el mercado.
En este sentido, los precios están mucho más condicionados por factores como la escasez en la oferta de un producto; el incremento temporal de la demanda (como sucede en determinadas épocas del año, como Navidad); el monopolio de un producto de determinado distribuidor, o la influencia en cuota de mercado de algunas grandes superficies que determinan no ya el precio, sino incluso la marca del producto que se debe consumir.
Atentamente,
El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.



