En el Boletín Oficial de Canarias del 29 de diciembre se ha publicado la Ley 9/2025, que introduce modificaciones sustanciales en el IGIC y el AIEM con efectos desde el 1 de enero de 2026. Estas medidas impactan directamente en las operaciones de introducción/importación y distribución en Canarias.

📌 IGIC – Cambios clave

 ✅ Tipo 0%para la entrega e importación de camas médicas, electromédicas u hospitalarias (antes 3%).

✅ Nuevo tipo del 1% para petróleo y productos derivados del refino, incluso mezclados con biocarburantes.

✅ Se mantiene el 0% para biocarburantes (biodiésel, bioetanol, biometanol, HVO).

✅ Atención especial – Bebidas y productos específicos

Se excluye del tipo reducido del 3% y se aplican nuevos tipos:

▪️ Alcohol etílico y aromas sintéticos para fabricar bebidas alcohólicas → NO tributan al 3% (biocarburantes tributan al 1%).

▪️  Aromas, extractos, concentrados y jarabes destinados a la elaboración de bebidas alcohólicas → NO tributan al 3% (aplican tipo general, normalmente 7%).

▪️  Bebidas refrescantes con azúcares añadidos:

  • Bebidas edulcoradas → 3%
  • Azúcar ≤ 5 g/100 ml → 5%
  • Azúcar > 5 g/100 ml → 7%
  • Bebidas energéticas → 15% (antes 7%).

⚠️ Impacto directo en importadores y distribuidores de bebidas, aromas y concentrados. En este sector será imprescindible revisar tarifas y márgenes.

 📌 AIEM – Ajustes relevantes

 ✅ El petróleo y sus derivados salen del AIEM y pasan a tributar por IGIC al tipo específico del 1%.

✅ Se mantienen las exenciones y bonificaciones para productos estratégicos del sector primario y agroalimentario, como:

  • Cereales, harinas y legumbres.
  • Piensos y alimentos para ganado.
  •  Semillas, fertilizantes y productos para cultivo.
  •  Materias primas para la industria agroalimentaria local.

Estos productos seguirán con ventajas fiscales (tipo 0% o bonificaciones) para proteger la producción local y reducir costes de importación.

  ⚠️ Impacto en operaciones

  •  Revisión de costes en importación/introducción y distribución de combustibles y bebidas.
  • Actualización documental y arancelaria para cumplir con la normativa IGIC y AIEM.
  • Ajuste de precios en productos energéticos y refrescos.

 

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✅ Analizar el impacto fiscal y aduanero en tus operaciones.

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✅ Gestionar la documentación y el cumplimiento normativo.

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El equipo de Altair Consultores Logísticos, S.L.